Mi ex letrada me solicita por el juzgado que le abone 300 euros habiendo pasado ya más de 6 años.

Quisiera saber si mi ex letrada puede exigirme una deuda de 300 euros, habiendo transcurrido más de 6 años y ateniéndose a los artículos 812 y 813 de la L.E.C

Respuestas de otros profesionales:
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Trinidad Leonarte

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Aunque el plazo para ´pedir honorarios de abogados es de tres años, lo que se llama plazo de prescripción, pueden haberlo interrumpido por la reclamación verbal o escrita de la cantidad adeudada, siempre que puedan acreditar tal extremo. Eso haría que el plazo de tres años volviera a contarse de nuevo a partir de la ultima reclamación hecha en plazo. Saludos

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Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes, habría que ver el caso en concreto, pero la acción para reclamar el cobro prescribe a los 3 años desde la última actuación judicial. Saludos.

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HDH ABOGADOS VALENCIA

HDH ABOGADOS VALENCIA

Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,

habría que ver el caso en concreto, hay un plazo de prescripción de 3 años. Un saludo.

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Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
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Buenos días. El plazo de caducidad de la de cobro, es de 3 años desde La última actuación judicial

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ABOGADO CUSTODIA COMPARTIDA VALENCIA Antonio G. Ródenas

ABOGADO CUSTODIA COMPARTIDA VALENCIA Antonio G. Ródenas

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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Estoy de acuerdo con Trinidad,

Cuidado con la interrupción de plazos.

Un saludo

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