Mi orden de alejamiento se terminó el 6 de septiembre de año.
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Si había finalizado ya la orden de alejamiento, no existe ninguna consecuencia penal. Si aún no había finalizado la orden de alejamiento y fue ella la que se acercó y te fuiste del lugar, tampoco debe tener ninguna consecuencia penal, ya que ha sido un encuentro fortuito y no intencionado y te has marchado del lugar.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenas noches,
Si fue fortuito el encuentro no hay problema.
Saludos.
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