Notificación por demanda de embargo hipotecario

Me han notificado que la vivienda que ocupo por un contrato de alquiler esta en una demanda de embargo hipotecario y debo presentarme con el contrato, ¿Qué implicaciones podría tener en mi contra?

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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
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Buenas tardes;
Dependerá de la fecha de formalización del contrato. Si se firmó con posterioridad a la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (05.06.2013), el contrato de arrendamiento quedaría extinguido y el adjudicatario de la vivienda podría solicitar su desalojo (Art. 13 LAU). Ello salvo que el contrato de arrendamiento se hubiera inscrito en el Registro de la Propiedad antes que la hipoteca, en ese caso debería respetarse el arrendamiento. Si precisa cualquier aclaración puede contactar con este despacho donde estaremos encantados de atenderle.

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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

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Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, si el contrato está bien formalizado, no tiene porqué preocuparse y aunque se realice una ejecución sobre la vivienda, deberán respetar su contrato.
Le deseo suerte.

Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Si el contrato ha sido suscrito correctamente y con el dueño del piso, en principio no hay problema y respetarán la duración del contrato suscrito. Le aconsejo que además del contrato lleve justificantes del pago de la renta.

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Salvador Valero Salón

Salvador Valero Salón

Abogado de Valencia especializado en Derecho Urbanístico

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El contrato de arrendamiento debe estar inscrito en el Registro de la Propiedad antes que la hipoteca. Si el contrato no está inscrito, el acreedor hipotecario tiene preferencia sobre tu contrato de alquiler, y obligarte a marcharte del piso.

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