Oferta vinculante sobre novación de hipoteca
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
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Buenas tardes,
En principio siempre que firmamos cualquier tipo de contrato con el banco, máxime si se trata de una hipoteca o de una novación de hipoteca, la entidad debe enviarnos con suficiente antelación la oferta vinculante.
La oferta vinclulante es un documento precontractual en el que deben figurar todos los elementos esenciales del contrato que más adelante vamos a firmar en la Notaría.
Si la entidad bancaria no le ha enviado la oferta vinculante no tiene importancia siempre y cuando usted considere que ha sido debidamente informado. Sin embargo si usted considera que ha sido engañado y no ha recibido oferta vinculante pues puede utilizarlo a su favor para acreditar la falta de información por parte de la entidad bancaria.
Si tiene más dudas puede contactar con nosotros por teléfono e intentaremos asesorarle.
Un saludo!
BENITO ESCUDERO DE LA FUENTE. ABOGADO.
Abogado de Pontevedra especializado en Derecho Bancario
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Buenas tardes. Depende de las condiciones que se novaran. Si fueron condiciones financieras o relativas al precio del contrato - por ejemplo, la cláusula suelo - a partir de 2008 sería necesaria la oferta vinculante y la información previa (máxime si no la hubo anteriormente en el contrato principal). Benito Escudero de la Fuente. Abogado en Pontevedra y Vigo.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Si que se precisaría que le hubieran dado la oferta vinculante y usted la hubiera firmado.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Si, están obligados.