Pagas extras y sueldo neto anual

Hace poco he regresado a España tras unos cuantos años viviendo y trabajando en el extranjero. Ahora que estoy aquí, veo que se me escapan muchos factores a la hora de controlar cómo funciona el tema laboral en España, y tengo una duda en relación a mi situación laboral:
A la hora de negociar mi sueldo se pactó un salario neto anual. El problema que me estoy encontrando es que en España el sueldo anual está sujeto por convenio a tener pagas extraordinarias anuales (en mi caso el convenio dicta un mínimo de tres pagas extra anuales), también está indicado que cada una de esas pagas debe de ser, si no me equivoco, como mínimo la misma cantidad de lo cobrado mensualmente. Vamos a dejar a parte el hecho de que estas pagas puedas prorratearse mensualmente y cobrarlas en 12 pagas en vez de 15 ya que (creo) que eso no afecta a mi problema. Mi pregunta viene dada más que nada por la cantidad cobrada en cada una de estas pagas, ya que el cálculo de la paga extra es de forma anual en función del tiempo trabajando durante el año anterior, según tengo entendido, comenzando a contar el periodo de devengo desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio del año presente. Teniendo en cuenta que yo comencé a trabajar el 29 de agosto del año anterior, mi paga extra de diciembre (así como las que están por llegar en marzo, junio y más tarde diciembre de este año), no son tan elevadas como cabría de esperar (el mismo sueldo mensual), por lo que si descontamos lo que no cobro por el cálculo del periodo de devengo, el sueldo anual neto que voy a percibir en mi primer año de trabajo no se corresponde al sueldo neto pactado inicialmente.
Mi pregunta es, ¿puedo/tengo derecho a reclamar el dinero que no voy a recibir? ¿estaría en mi derecho al pedir una compensación/paga a mayores para cobrar el total del sueldo neto anual pactado inicialmente? ¿cómo debería hacerlo?
Muchísimas gracias de antemano.
Atentamente,

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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En primer lugar indicarle que el salario que rige la relación laboral es el del convenio colectivo. Si la empresa le ha puesto un salario superior, entonces si que podrá reclamarse el diferencial dejado de percibir con un año de retroactividad.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,

habría que analizar el contrato y el convenio colectivo para dar una respuesta fundada, aunque, con carácter general, es posible pedir la diferencia.

Saludos.

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