Pedir daños y perjuicios a mi comunidad de propietarios
ABOGADO EXTRANJERÍA MARBELLA Ipso Facto
Abogado de Estepona especializado en Derecho Civil
Estimado cliente,
en principio, cualquier acto, realizado con voluntad o por impudencia grave, que causa un daño o perjuicio debe ser costeado por el causante del daño, no de la persona que lo sufre.
Si tiene algún documento oficial, donde la comunidad se hace responsable de la reparación (o alguna correspondencia, donde tácitamente lo reconozcan), y su ejecución tardía le causa un perjuicio (como el caso que describe), se debe interponer la correspondiente demanda por obtener el resarcimiento de sus intereses económicos. Tenga en cuenta, que en el caso de ganar el juicio, la parte contraria (la comunidad), se verá obligada a abonar igualmente los gastos en abogado.
En caso de duda o necesidad de alguna aclaración no dude en ponerse en contacto conmigo.
Saludos.
Ivan Yurkin - Abogado
Abogado Torre Del Mar Ivan García Corrales
Abogado de Vélez-Málaga especializado en Derecho de Familia
Buenos días, tiene derecho a que le indemnicen los daños y perjuicios causados. Puede ponerse en contacto con nosotros para comentar los datos concretos de su caso y las posibilidades de reclamación.
Un saludo.