Perdí un juicio por accidente de tránsito ¿me pueden embargar si cobro muy poco al mes?
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, en relación a la consulta que realiza le indicamos que de confomidad con lo establecido en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.
2. Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:
1º Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.
2º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100.
3º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 por 100.
4º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 por 100.
5º Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100.
Para cualquier duda estamos a su disposición.
ABOGADO GUARDA Y CUSTODIA GIRONA Miriam Paredes Espinar
Abogado de Olot especializado en Derecho de la Vivienda
Buenas tardes,
Para el año 2016 el salario mínimo interprofesional está fijado en 655,20€, cantidad inembargable.
Pero tenga en cuenta que si usted cobra 800€ exactos, le pueden embargar el 30% de lo que sobrepasa del SMI, es decir, le pueden embargar la cantidad de 43,44€.
Por otra parte, en el procedimiento judicial a través del cual se ejecute el embargo, puede pedir que se le aplique una rebaja de entre un 10 a un 15% en los porcentajes establecidos, en atención a las cargas familiares que acredite.
Reciba un Cordial Saludo,
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
Li poden embargar un 20% de la quantitat de 145€ que es la quantitat que supera el salari mínim professional