Plusvalía de herencia
Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
El plazo para liquidar el impuesto de sucesiones y plusvalía es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. El pago del impuesto es obligatorio y es una carga de la herencia por lo que no le perjudica a usted la realización de esa gestión. Es un paso necesario y obligado tras el fallecimiento.
Por otro lado, acuda a un abogado o solicite un abogado de oficio. Lo necesita.
Ignora que ocurre con la herencia. Que hay hecho o pendiente de hacer respecto a la gestión de la herencia. Carece de documentos y de información cierta y contrastada. Igualmente no sabe sin han firmado por usted, si se han declarado y liquidado impuestos, o no. No debería denunciar sin conocer indicios u hechos de esa suplantación de personalidad que usted presume (y pudiera ser o no ser cierta). Tenga en cuenta el riesgo de denuncia falsa antes de acudir a la policía y denunciar los presuntos hechos. Envié un burofax y exija en él que se le informe a usted de lo que se esta haciendo en relación con la herencia.
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
No hay nada que indique una posible falsificación de documentos. Liquidar los impuestos no implica que la herencia se haya adjudicado. Tampoco hay que esperarse a que esté realizada la partición para atender las obligaciones con Hacienda. Tiene sus plazos legales. La plusvalía se debe pagar por la herencia yacente si el ayuntamiento ha girado ya el importe mediante liquidación provisional. Y es posible que además se haya presentado una declaración del impuesto de sucesiones dentro del plazo legal es decir los 6 meses desde el fallecimiento. El no hacerlo puede suponer recargos y multas si no se pide aplazamiento. Hacienda no perdona. Por tanto no hay nada raro a priori. Solo se ha cumplido con Hacienda. Por lo demás, habiendo inmuebles y al no haber testamento es imprescindible acudir a la notaría para adjudicarlos. Y no hay borrador que pueda sustituir al documento notarial. Y sin un acuerdo entre todos los herederos no se puede poner fin a esta situación.
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
Puede ir al ayuntamiento e interesar una copia de la liquidación del impuesto de plusvalía.-
La liquidación y el pago la puede hacer un heredero y pagar por la totalidad de los herederos, o bien solamente pagar su parte.-