¿Prescribe una multa con la seguridad social?
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, la Ley General de la Seguridad Social establece que a los cuatro años prescribirán distintas acciones y derechos a la Seguridad Social. La prescripción quedará ininterrumpida por las causas ordinarias y, en todo caso, por cualquier actuación administrativa realizada con conocimiento formal del responsable del pago conducente a la liquidación o recaudación de la deuda y, especialmente, por su reclamación administrativa mediante reclamación de deuda o acta de liquidación. Para poder indicarle si le ha prescrito la deuda, necesitamos estudiar el caso a fondo. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho. Reciba un cordial saludo.
Estimado cliente: Las deudas con la Seguridad Social prescriben a los 4 años. Le informo de que la prescripción puede interrumpirse por diferentes motivos que habría que estudiar en su caso en concreto.
La prescripción es a los 4 años. No obstante, si ya se lo han reclamado en distintas ocasiones podría darse el caso de que se haya interrumpido los plazos y tengan viabilidad para reclamárselo.