Prescripción de ayuda directa a vivienda
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Contestado
Buenas tardes,
No sé a qué deuda se refiere, pero el derecho de liquidación y/o de cobro de la administración prescribe a los 4 años a contar desde el último día del plazo.
Por ejemplo, si el plazo para declarar el impuesto de sucesiones son de 6 meses desde la fecha de fallecimiento del causante, el derecho de liquidar el impuesto por parte de la Administración prescribe a los 4 años y 6 meses desde la fecha de fallecimiento, es decir, a los 4 años desde el último día de plazo.
Espero haberle ayudado un poco.
Un saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
VER PERFIL
Contestado
La prescripción cuenta a partir del momento en que se genera la deuda con la administración.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado