Prescripción de la beca mec

Me concedieron una beca en la universidad para la carrera de ingeniería, de la cual aprobé solo el 40% por no poder dedicar mucho tiempo a ello. Con la nueva ley,las ingenierías pedían solo el 40% para no devolver la beca,y yo pensé que yo estaba incluida en ese paquete pero hace unos meses recibi la carta de pago pidiéndome que devuelva 2725€. No puedo devolver esa cantidad ni siquiera en 12 plazos, de hecho me encuentro en situación de insolvencia. No tengo ingresos, ni estoy dada de alta ni ninguna posesión a mi nombre. Mi pregunta es, a partir de que momento empieza el plazo para la prescripción y si yo paso esos 4 años en insolvencia por lo que el estado no puede embargarme nada, ¿quedaría libre para ese entonces y ya no me la exigirían más? ¿Me la volverían a exigir si después de ese plazo dejara de ser insolvente? y ¿ El reclamo de la deuda por parte del estado antes de esos 4 años podría afectarme aun siendo insolvente para el proceso de prescripción?
Muchas gracias por su atención.

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenas tardes:

Para que exista prescripción cualquier Administración debe permanecer inactiva, hecho que no es el suyo por lo que comenta de que le han requerido el pago de la misma. por lo que una vez requerida la deuda, y en el caso de que no la negocie, pasará a la via de apremio, por lo que "continuará viva la deuda" con embargo de cualquier bien (incluidos saldos bancarios en los que pueda figurar como titular).
Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Dado que ya se ha dictado resolución sobre el cobro indebido de la beca, el tiempo de la prescripción no cuenta y por tanto ya se ha iniciado el expediente correspondiente. Una vez que la resolución sea firme y no abone la citada cantidad en periodo voluntario o bien solicite su aplazamiento, se abrirá el correspondiente expediente administrativo en vía de apremio y se procederá al embargo de sus bienes.

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