¿Puede alegarse haber cuidado a una persona durante un tiempo para adquirir derechos en una herencia?

Hola.
Tengo un sobrino que vive con mi madre de 92 años por desavenencia con sus padres adoptivos (mi hermano). Ellos tienen varias viviendas en alquiler pero parece que intentan quedarse con la vivienda argumentando que mi sobrino ha estado cuidando de mi madre. Aun se vale por ella misma hasta hoy.
¿Tiene algún derecho?
Gracias.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si su madre no le ha concedido ningún derecho en un testamento nuevo que haya podido hacer, el sobrino no tiene derecho alguno en la herencia si usted vive (o vive cualquier otro hijo o nieto), haya cuidado o no ese sobrino a su madre, ya que esto es indiferente. Evidentemente, si su madre le vende la vivienda a su sobrino o se la da en una escritura, el sobrino también tendría derecho a esa vivienda, sin perjuicio de la posible impugnación de la compraventa o donación si se considera que la operación presenta algún vicio relevante.

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Advocat Immobiliari Reus - Cristina Budí
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Buenas noches
Derecho tendrá si su madre se lo concede. Debería realizar algún acto que implicara transmitir ese derecho.
Por estar cuidando de ella no le implica ningún derecho. A no ser q quiera incapacitarla y nombrarse tutor.
Para cualquier ampliación al respecto quedo a su disposición.
Saludos

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Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
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Solo tendrán derecho a la herencia los herederos, por el hecho de cuidar a una persona no le genera ningún derecho en su herencia, a no ser que el propio causante lo haya hecho constar en su testamento que es la voluntad del testador.
Saludos cordiales

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas noches. Como tal no tiene derecho alguno pero en estos casos lo que suele hacerse es que la persona haga testamento a favor de quien interesa, lo que si está en uso de sus facultades y respeta la legítima es legal.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Ninguno, el acto de tener derecho a la herencia deriva de la voluntad del testador, no ostenta derecho alguno por cuidarla salvo que su madre le quiera instituir heredero por testamento

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