¿Puede apropiarse de una vivienda no inscrita en el registro de la propiedad?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Que una vivienda no esté inscrita en el Registro, y mucho menos que el Alcalde no sepa de quién es, no quiere decir que no tenga dueño, siendo importante saber quién figura como titular catastral de la mencionada vivienda y figura en los padrones fiscales, algo sobre lo que nada se dice y que habría que averiguar antes de hacer nada, ya que este dato puede impedir, desde luego, el acceso al Registro. Por otro lado, la entrada en propiedad ajena y el invertir dinero en algo que sabes que no es tuyo, siempre comporta, cuando menos, un riesgo económico evidente que solo desaparecería al cabo de mucho tiempo (30 años), por lo que habría que valorar ese riesgo en función del dinero al que ascendería la posible inversión que podría perderse si alguien reclama la propiedad exhibiendo su título. Dada la complejidad de estos asuntos, les recomendamos siempre contar con el asesoramiento de un abogado, por lo que si desean pedirnos un presupuesto, contacten con nosotros.
Abogado clausulas abusivas Bilbao - G&M Legal Services
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil
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Buenos días,
Antes de plantearse la posibilidad de llevar a cabo la ocupación de la vivienda debería agotar todas las posibles vías para localizar al dueño, principalmente, la consulta del Catastro.
Si la consulta catastral tampoco le permite conocer quién es el dueño del inmueble y su primo sigue interesado en ocupar la vivienda, tiene que saber que la única alternativa para adquirir la propiedad es la posesión de la misma a título de dueño durante 30 años (usucapión o prescripción adquisitiva). Evidentemente, ello conlleva el riesgo de que durante ese período aparezca el legítimo propietario y pueda perder las inversiones realizadas. No es posible acceder al Registro sin tener un título de propiedad.
Quedamos a su entera disposición para resolver cualquier duda. Saludos cordiales
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
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La ocupación de una vivienda a sabiendas de que no es suya, aparte de que es constitutivo de delito, no es suficiente para alegar la adquisición de su dominio por prescripción adquisitiva o posesión continuada a titulo de dueño.
El hecho de que la vivienda no esté inscrita en el Registro de la Propiedad no significa que no tiene dueño, dado que seguro con que cuenta con algún titular catastral de la misma.
Por ello le aconsejo de que intente ponerse en contacto con el dueño actual con el fin de poder concertar una venta de la vivienda antes de realizar sobre la misma inversión alguna.