¿Puede el juez fijar una custodia compartida en este caso?
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Como le han indicado, probablemente la intención del padre sea solicitar la custodia compartida para no pasar la pensión de sus hijos, pero el hecho de tener custodia compartida no significa que el Juzgado no establezca la obligación de abonar un importe por pensión de alimentos a cargo de uno de los progenitores, por ejemplo puede darse el caso como comenta que la madre no tenga ingresos o sean muy escasos. No obstante, habría que tener en cuenta todas las circunstancias concretas, como a quien se le adjudica el uso domicilio familiar etc.
Efectivamente, en este procedimiento lo principal es el intereses del menor, el juez podrá oír a la opinión de los menores dependiendo la edad de éstos. Por otro lado, es importante que la madre (si no desea la custodia compartida) aporte pruebas de que el padre no está capacitado para cuidar de los hijos, demostrando que los desatiende o que no puede cuidar de ellos por su trabajo por pernoctar fuera del domicilio etc . Lo habitual es que en estos procedimientos de familia se practique pericial- psicosocial por funcionarios adscritos al Juzgado. Dicha prueba tiene transcendencia importante, puesto que en los informes que emitan dichos profesionales constarán todas las circunstancias familiares, personales etc que serán valoradas por el Juez. Les reconocimiento que se pongan en contacto con un abogado de su localidad para comentar todas las circunstancias que pueden influir en su caso y le hagan un estudio más detallado, ya que todos los casos no se resuelven de la misma forma.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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La custodia se fija en función principalmente de lo que es mejor para los menores y así resulta probado en el procedimiento, siendo relevante en este punto la opinión del equipo psicosocial y no la vida sentimental de los padres, los horarios laborales o su economía, por lo que en las circunstancias que comenta es poco probable que prospere una pretensión de custodia compartida, salvo que en el proceso resulten acreditadas otras circunstancias.
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
En todos estos casos lo que se persigue es el MAYOR INTERÉS DEL MENOR, es normal pedir la custodia compartida para de esa forma no tener que pagar pensión de alimentos etc (entre otros mil motivos para pedirla). Los amantes no son tenidos en cuenta a priori ni para bien ni para mal. Lo que si se tiene en cuenta es quien ha estado a cargo de los menores, la opinión de estos, informes psico-sociales etc.
Desgraciadamente es bastante habitual ver parejas que en los divorcios lo llevan todo al límite, lo mejor en esos casos es ver la problemática al completo para trazar la estrategia procesal adecuada.
Estaremos encantados de atenderle.
En la actualidad, cada vez se impone más la custodia compartida, sobre todo a raíz de las últimas sentencias del TS, que así lo recomiendan. No obstante, todo depende de las circunstancias de cada pareja y hay que tener en cuenta muchos factores. El juez es el encargado de valorarlos, pero a los abogados corresponde ponerlas de manifiesto para que el juez pueda valorarlas en su total magnitud. Sentimos no poder darle más información pero sería imprescindible saber más detalles, incluido el juzgado, etc. No obstante, estamos a su disposición para todo aquello que pudiera necesitar.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenas tardes, habría que analizar el caso detenidamente, pues cada asunto tiene sus particularidades no pudiéndose aplicar reglas generales, pues lógicamente si el padre solicita la custodia compartida sabrá que tiene que disponer de tiempo para estar con sus hijos. Hoy día la jurisprudencia está cambiando mucho en el sentido de conceder la custodia compartida solo si es beneficioso para los intereses del menor. Un saludo
Noelia Padrino
Estimado cliente: La custodia compartida la otorgo el juez en función de los intereses principales de los menores.