¿Puede ir a la cárcel por impago de pensiones?

Mi marido le adeuda a su ex mujer 875 euros de pensión por que la empresa en la que trabaja entró en concurso de acreedores y no le pagaba. Ahora ella pide cárcel por esa deuda aunque él paga todos los meses la pensión de su hijo y eso fue un hecho puntual. Ella lo AMENAZA con la cárcel. ¿que podemos hacer ya que él no se niega a pagar esa deuda? ¿Irá a la carcel por menos de 1000 euros? Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Salvador Valero Salón

Salvador Valero Salón

Abogado de Valencia especializado en Derecho Urbanístico

VER PERFIL
Contestado

El artículo 227.1 del Código Penal castiga el delito de impago de pensiones, estableciendo que: ” El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses".

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
Contestado

Buenos días;

El Código Penal preve el delito de impago de pensiones en casos determinados; no obstante para poder aconsejarte necesitaríamos más información y valorar adecuadamente tu situación .
Para ello puedes llamarnos para concertar una visita sin compromiso al despacho.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Buenos días, si no ha pagado la pensión debido a una situación de precariedad económica o debido a la ausencia total de ingresos por los impagos de la empresa, lo normal es que le absolvieran. No obstante, careciendo de antecedentes tampoco entraría en prisión.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

Trinidad Leonarte

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

Contestado

Si su marido acredita la fuerza mayor, es decir, que la empresa en concurso no le pagaba, lo normal es que le absuelvan. En cualquier caso, si no tiene antecedentes, tampoco entrará en la cárcel.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
Contestado

No se si la pension a que se refiere es alimento o compensatoria, si es alimentos el impago esta penado con cárcel, aunque no siempre

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado