¿Puede mi marido obtener el visado de régimen comunitario?
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería
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Buenas tardes,
Con el objeto de darle una respuesta correcta, necesitaría que por favor me aclare si van a efectuar primero el registro del matrimonio y luego vienen a España o si es que su marido pretende venir antes de la cita en el Consulado.
En ambos casos el acta de manifestaciones debe ser redactado por un abogado y puede compulsar el documento ante el Consulado de España en Santo Domingo o ante un Notario. La ventaja de hacerlo ante el Consulado es que no necesita legalizarlo.
Respecto a las demás pruebas que le solicitan para probar que no es un matrimonio de conveniencia, son aptas las citadas por usted como el contrato de alquiler, las cuentas bancarias y fotos.
Si lo desea podemos prepararle el acta de manifestaciones requerida y posteriormente asesorarle en todo el trámite de residencia a su marido.
Quedamos pendientes de sus noticias.
Un Saludo,
Buenas tardes,
El acta de manifestaciones puede hacerla ante el notario que usted decida. Como pruebas, cualquier documento que acredite su vida en común es apto, contrato de alquiler de la vivienda, cuentas corrientes en común, etc.. y por supuesto si tienen hijos en común el libro de familia.
Un saludo