¿Puede un menor de 16 años y uno de 14 alterar el orden de los apellidos?

Puede un menor de 14 años y uno de 16 años alterar el orden de los apellidos poniendo el de madre primero y el del padre segundo

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HDH ABOGADOS VALENCIA

HDH ABOGADOS VALENCIA

Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,
Habría que estudiarlo, puesto que la modificación afecta a todos los hermanos y la Ley permite a partir de 16 años, o bien por los padres con el consentimiento del menor...
La solución es solicitarlo ante el Registro civil competente.

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Abogado penalista Valencia - Jaque Mate Abogados
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La respuesta esta en el art. 57.3 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Los cambios señalados en los párrafos anteriores podrán ser solicitados por el propio interesado si es mayor de dieciséis años.

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Carolina Segarra Tortosa

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Civil

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Tiene que concurrir algunos requisitos y puede solicitarlo el interesado cuando es mayor de edad o los representantes legales de los menores.
Habría que analizar el caso y las circunstancias concretas. Un saludo

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RAFAEL LINDO BONDIA

RAFAEL LINDO BONDIA

Abogado de Quart de Poblet especializado en Derecho Civil General

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A partir de los 16 años se puede alterar los apellidos. Los menores de esa edad con el consentimiento de los padres y del menor.

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