¿Pueden cobrarme tanto por demandar por la cláusula suelo?
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
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Mejor respuesta según autor
Legal es aquello que haya convenido expresamente con su abogado en materia de honorarios. Es decir aquello que usted y él acuerden al respecto. Y desde el momento en que lo acuerden. Por lo que me comenta y prescindiendo de otras consideraciones todo apunta a que su abogado ha solicitado de usted uno o varios pagos parciales o a cuenta que se conocen como provisión de fondos y que han ascendido a la suma de 1500 euros. Esto en nada prejuzga o implica el pago total de honorarios y en principio es legítimo además de usual en la práctica profesional. Usted debe saber en cualquier caso que es obligación de su abogado explicarle los conceptos y partidas que le cobra y los importes que aplica con claridad y transparencia. Lo usual tambien suele ser que esos importes sean los del correspondiente colegio profesional que siempre tienen en cuenta el interes económico debatido.
Abogado nuevas tecnologías Sevilla - DerechoyTics
Abogado de Sevilla especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Buenas, voy a intentar resumirle el tema lo mejor que pueda:
¿Es legal pactar comisiones en caso de que se gane el pleito? Yo lo considero legal, al igual que el Tribunal de Defensa de la Competencia y el Tribunal Supremo. En definitiva, es un acuerdo económico al que llegan dos personas que se supone que ha negociado las condiciones y el precio de los servicios prestados. No hay ninguna normativa imperativa que prohíba dicha práctica ni que establezca cuáles son los honorarios máximos del abogado por un pleito.
Piensa, además, que los 1,5€ (si lo has escrito bien) son simbólicos y que el abogado tendrá que cobrar algo digno por su trabajo.
Otra cuestión es que no tengas claro qué comisión le corresponde al Letrado cuando se gane el pleito, o qué ocurre si no se gana, o por ejemplo, quién tiene que hacer frente a gastos extraordinarios, tasas, procuradores, escritos adicionales, etc.
No me atrevería a decir que te están timando porque lo desconozco, pero sí que te aconsejo que le exijas que se formalice un contrato por escrito en el que quede todo claro y así evitar sorpresas futuras.
Para cualquier cosa, aquí me tienes.
Espero
Abogado Derecho Bancario San Fernando - Abogado Alejandro Zambrano Garcia-Raez
Abogado de San Fernando especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Estimado Sr./a,
Efectivamente, como dicen mis compañeros, tendrá usted que abonar lo que haya pactado con él, por escrito (lo cual es lo preferible) o verbalmente. Si no se ha pactado nada, un cantidad adecuada será la que determinen las Normas Orientadoras de su Colegio de Abogados.
Saludos
AOH MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES
Mediador de Madrid especializado en Derecho de Sociedades
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Muy Señor mio:
Le tendrá que pagar lo que hayan estipulado, es normal que si solo le ha pagado 1,50 que vaya a un porcentaje de lo que gane aunque también dependerá de que exista condena en costas. Debería solicitarle por escrito una hoja de encargo donde se refleje lo que pacto.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
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En estas cuestiones no existe una normativa que imponga topes máximos. Rige lo que usted haya pactado con su abogado. Por eso es muy aconsejable firmar al principio un presupuesto u hoja de encargo que evite posteriores sorpresas.
ABOGADOS & PROCURADORES VALLES
Abogado de Madrid especializado en Derecho Mercantil
Buenos días, esto forma parte de la relación de abogado /cliente por lo que lamentablemente no puedo responderle toda vez que desconozco lo que pactó ni lo que pagó ni datos concretos.
En todo caso si no está conforme puede acudir al Colegio de Abogados de Sevila
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