¿Pueden denunciarme 2 veces por lo mismo?

Hola. Soy menor de edad y tengo un problema. Hace un par de meses estuve en un centro comercial y robé un par de anillos, pero no me pillaron. Después me pillaron intentando llevarme otros 2. Me pusieron una denuncia y me llegó la citación, a la cual acudí con mis padres y en ella el fiscal me dijo que no me pasaría nada porque era la primera vez. Ahora me acaba de llegar una citación a juicio a nombre de una persona por una falta de hurto de aquel día. ¿Puede ser la misma falta por la que ya recibí una citación pero denunciada por la dependienta? ¿Qué hago entonces? ¿Puede ser por el robo que no me pillaron? Si me graban con las cámaras ¿pueden denunciarme 3 meses después? Estoy muy asustada porque no quiero que quede mancha en mi expediente. Ayuda por favor. ¿Qué va a pasarme?

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CASADO ABOGADOS

Abogado de Águilas especializado en Derecho Civil General

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Si te denunciaron, lo correcto es que te llamen para tomarte declaración ante la Guardia Civil o Comisaria, luego pasan las diligencias al Juzgado y te llaman para prestar allí declaración; y, hablas de robo y hurto que son dos delitos distintos. Habrá Robo si hubo fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas.
Puede que te denunciaran por uno y no por otro o por los dos y que se acumulen ambos en el mismos procedimiento judicial. La denuncia prescribe a los seis meses, con el Nuevo Código Penal al año (por lo que tendría que saber cuando cometiste los hechos); debes esperar, por si te han denunciado por robo (si ejerciste violencia o intimidación en alguna persona o fuerza en las cosas) que entonces las prescripción del delito es mayor. En cualquier caso, es muy importante conocer la fecha de los hechos y el importe de lo sustraído.
De momento, gozas del derecho a la Presunción de Inocencia, incluso aunque te pusieran alguna denuncia. Este derecho se contempla en el art. 24 de la Constitución y sólo desaparecería una vez se imita, previo juicio oral, una Sentencia. Al ser menor de edad, se te aplicaría la Ley Penal del Menor y como es la primera vez, muy probablemente el asunto quedará en nada, como te dijo el Fiscal, aunque esto habría que matizarlo y comentarlo más ampliamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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