¿Puedo cobrar un seguro de vida de mi padre y renunciar a la herencia?

Me he enterado que mi padre tiene un seguro de vida, como beneficiarios estamos mi hermano yo, con nombres por escrito y apellidos y DNI al 50% cada uno tengo los papeles. el seguro no esta vinculado a la hipoteca. ¿puedo beneficiarme del seguro y renunciar a la herencia que es una hipoteca?

Respuestas de otros profesionales:
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Salvador Valero Salón

Salvador Valero Salón

Abogado de Valencia especializado en Derecho Urbanístico

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Como hay designados beneficiarios en póliza, el importe del seguro no pasaría a formar parte de la masa hereditaria, se puede aceptar el seguro y renunciar a la herencia. Ahora bien, para no tener problemas con los acreedores de la hipoteca debes leer las Condiciones Generales que junto a las Particulares forman el contrato de seguro, y asesorarte sobre la forma de proceder a la hora de renunciar a la herencia.

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Enrique Pla Lurbe

Abogado de Carcaixent especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Como el seguro tributa por el ISD podría entenderse que estas aceptando la herencia de tu padre, pero si el cobro del mismo lo haces a través de documento privado, esto es, la liquidación del ISD, no le constara a nadie y podrás en todo momento renunciar a la herencia del mismo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Entiendo que no hay ningún inconveniente, se puede cobrar el seguro, en principio, sin problema, y repudiar la herencia, ya que el seguro de vida nada tiene que ver con la herencia.

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HDH ABOGADOS VALENCIA

HDH ABOGADOS VALENCIA

Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes, habría que ver toda la documentación, pero a nivel teórico es posible.

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