¿Puedo darme de alta como autónomo si tengo deudas con la seguridad social?

Lo primero, gracias por estar ahí de forma gratuita para asesorar a gente que como yo, se encuentran perdidos.

Hará cerca de 5 años constituí una sociedad con un familiar y pasado un año yo decidí desvincularme de dicha sociedad sin reclamar nada más que la persona que se quedaba al mando diese la orden a la gestora de tramitar mi baja de autónomo así como se encargaron de tramitar las altas. No sé aún muy bien con que fin la persona que se quedó a cargo no avisó a la gestora y el trámite no se realizó, causándome esto contraer una deuda nominal con la seguridad social.

Tras negociaciones consigo un informe en el que se me desvincula de la empresa dos años antes de enterarme de esa deuda y esto hace que me tengan que devolver dinero que no debería haber pagado pero me indican que hasta que se active esa nueva orden yo he de seguir pagando y que ellos luego ya devolverán. Negocié un pago a plazos que por enfermedad grave de un familiar no pude, en un momento dado, seguir cumpliendo y ahora se me brinda la posibilidad de un puesto de trabajo en régimen autónomo muy bien remunerado.

Mi duda es, por un lado, si puedo darme de nuevo de alta de autónomo teniendo deuda todavía pendientes. Y ¿cómo harán ellos para seguir cobrando una vez yo empiece a facturar? Porque si que estuve mucho tiempo con la nómina embargada pero ahora el caso es diferente. También comentar que valoro la posibilidad de poder, con este nuevo trabajo, cancelar la deuda pendiente en dos meses, pero hasta cancelarla me gustaría saber qué es lo que van a intervenir o cómo lo hacen.

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AOH MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES

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Mediador de Madrid especializado en Derecho de Sociedades

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Muy Señor mio:

Entiendo lo duro de la situación, por la que esta pasando, a mi entender lo mejor que puede hacer es acudir a la seguridad social, suelen ser muy flexibles a la hora de alcanzar acuerdos de pago. También sería bueno que solicitara una compensación del crédito.

Le ruego que si la pregunta le ha sido de utilidad realice una valoración de la misma pues nos ayuda a mejorar y también sirve como pequeña "retribución" por mi trabajo.

Suerte y un cordial saludo

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Cuando la deuda entra en vía ejecutiva se pone en marcha el procedimiento que puede concluir en un embargo de bienes. Puede solicitar un aplazamiento en las oficinas de la S.Social junto a un documento de reconocimiento de la deuda y que permite pagar las deudas contraidas con la misma, de esta forma quienes hayan solicitado y obtenido el aplazamiento tendrán consideración de estar al corriente de sus obligaciones con la S.Social.
Un saludo.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: En principio sí puede darse de alta como autónomo, pero también le aconsejo que negocie un pago fraccionado de la deuda. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes,

lo cierto es que le aconsejo que no pierda el tiempo discutiendo la deuda con la s.soc. y que trate de negociar un pago fraccionado.

Un saludo.

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