¿Puedo deducir los gastos extraordinarios de academia de inglés y vacunas junto a la anualidad por alimentos?

Estoy divorciado y por convenio de divorcio mediante decisión judicial, le paso a mi hijo una pensión alimenticia, además se estableció que pagaría el 50% de los gastos extraordinarios. En el 2015 y por sentencia judicial aboné y tengo los justificantes pagos de la academia de inglés y de vacunas. ¿Me puedo incluir esos gastos junto a la anualidad por alimentos? Muchas gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Contestado

Los gastos extraordinarios no los puede mezclar con los gastos ordinarios. Aquéllos deben venir reflejados en Convenio (el tipo de gasto) y hay que advertir al otro progenitor de su realización para que éste de su conformidad y así poder exigirle el 50% de los mismos. Si no hay acuerdo tendrían que acudir Vds. al Tribunal que ratificó el Convenio para obtener una resolución que aclare la discrepancia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado