¿Puedo evitar ir a la cárcel?
Abogado agresiones Bilbao Vigiola Abogadas
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
En relación a su consulta, las condenas con penas inferiores a un año de cárcel se pueden suspender condicionadas al cumplimiento de determinados requisitos entre los que se encuentran la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, o el pago de indemnización por daños y perjuicios provocados a la parte perjudicada, en caso de que la hubiere, o el pago de una multa económica, etc...todas ellas depende del delito de que se trate y su entidad.
Antes de la reforma del Código Penal, operada recientemente, si la pena impuesta no excedía de dos años, en el caso de no tener antecedentes penales, se podía suspender automáticamente, condicionada a no delinquir nuevamente en el período de dos años. Todo esto ya es de aplicación al día de la fecha.
Un saludo y a su disposición para cualquier duda legal que tuviese al respecto.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
A través de su abogado y una vez que sea firme la sentencia por la que se le condena a la pena de 1 año, podrá solicitarse la suspensión de la ejecución de la pena de prisión, para lo cual se tiene en cuenta el pago de la responsabilidad civil derivada del delito, las penas de multa, la existencia o no de antecedentes penales y otras circunstancias que deberá señalar su letrado.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Comparto el criterio de la respuesta de Vigiola, pienso que lo mejor es que lo consulte con el abogado que le defiende en esa causa, ya que conoce a fondo sus datos y circunstancias y es quien mejor le puede informar. Suerte.
AOH MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES
Mediador de Madrid especializado en Derecho de Sociedades
Muy Señor mio:
La verdad es que si la condena es de un año podría evitarse ir a la carcel pero sin ver la sentencia es dificil de darle una mas concreta.
Un cordial Saludo
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si sólo es un año sí, siempre que abone las responsabilidades civiles, caso de haberlas, y no tenga antecedentes penales.