¿Puedo hacer una demanda sin abogado y procurador para que un banco cancele mi cuenta corriente?

Tengo una hipoteca con una banco en cuyas escrituras no aparece que los pagos deban realizarse por una cuenta determinada (aparece el pago en cualquier sucursal de la entidad). Cancelé la cuenta pero el banco se niega a aceptar la cancelación. Puse una reclamación al Banco de España y en su resolución dijo que era una mala práctica bancaria y que no debía obligarme a tener la cuenta. Como no es vinculante el banco se niega a cancelarla.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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El procedimiento que pretende requiere la intervención de abogado y procurador; otra cosa es que trate de evitar el procedimiento y que para ello promueva un acto de conciliación ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda a su domicilio o Juzgado de Paz en su caso, y siempre que el Banco tenga una oficina abierta al público en esa población. Dicho acto de conciliación lo puede promover sin abogado y procurador, de forma que tal vez así consiga, sin mayores gastos, que el Banco se avenga a lo que pretende. A tal fin, debe exponer con claridad lo que pide y apoyar sus argumentaciones con la resolución del Banco de España. Si lo anterior no funciona no le quedará otra alternativa que dejar aparcada esta cuestión o meterse de lleno a defender sus derechos, asumiendo el riesgo que todo proceso judicial comporta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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En mi opinion sí necesita abogado y procurador, porque al ser una demanda sin cuantía se sobreentiende que la cuantía es de 18.000€ que supera el limite para poder pleitear sin abogado y procurador. En cualquier caso si gana la demanda, que con el informe del banco de España lo normal es que lo ganase, le impondrían las costas al banco que tendría que pagar su abogado y procurador.

Espero haber sido de ayuda.

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Se trataría de una demanda de juicio ordinario, sin cuantía, es decir a efectos judiciales se denomina cuantia indeterminada, y en este supuesto es preceptiva la intervención de abogado y procurador.
Si desea cualquier aclaración puede ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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Abogado Divorcio Fuenlabrada Sánchez Arevalillo Abogados
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Si necesita abogado y procurador, tal y como han manifestado mis compañeros es un procedimiento ordinario de cuantia indeterminada, si se quiere ahorrar el coste trate de llegar a un acuerdo extrajudicial por medio de un acto de conciliación.

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