¿Puedo ir a la cárcel?
Conforme el artículo 248 del Código Penal el delito de estafa lleva como consecuencia una pena de prisión de seis meses a tres años.
Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste, y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la ´gravedad de la infracción.
Si la cuantía de lo defraudado no excede de 400 € la pena no es de prisión sino de multa.
En caso de que fuera condenado a menos de dos años de prisión y si no tiene antecedentes penales puede solicitar la suspensión de la pena.
Abogado Penitenciario Madrid Marta Gonzalez del Alba
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil
el delito de estafa lleva aparejada la pena de prisión de seis meses a 3 años, hay modalidades agravadas y también atenuadas yendo al caso concreto. para la determinación del delito de estafa esta en la cuantía de lo defraudado, sino alcanza los 400 euros se convierte el delito leve de estafa y la pena previsible seria de multa. si no tiene antecedentes penales no debe tener problemas pues puede pedir en cualquier caso la suspensión de la pena si la condena fuera de prisión
UN SALUDO
ABOGADO DELITOS FISCALES MADRID JULIO PERODIA CRUZ CONDE
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Tiene que abrirse procedimiento de instrucción en todo caso, donde el investigado sepa de qué se le acusa y pueda aportar los elementos de su defensa. En el presente caso, no queda claro a qué te refieres, pero no parece que te hayan denunciado, sino que está recibiendo amenazas, sería bueno que contactaras con un abogado y le explicaras con calma el asunto.