¿Puedo negarme ante movilidad geográfica?
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Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
En primer lugar seria preciso determinar si el cambio de centro de trabajo comporta que tenga que cambiar también de residencia, ya que de no ser así, no estaríamos hablando de movilidad geográfica.
En el caso que se diere, la empresa le tiene que avisar con una antelación suficiente y por escrito alegando los motivos por los cuales procede a dicha movilidad. Si no está conforme con la misma le tendrán que indemnizar a 20 días por año trabajado con un limite de nueve mensualidades.
Quedamos a su completa disposición si tiene cualquier tipo de duda.
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Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes,
Para movilidad geográfica la empresa siempre debe alegar causas que la justifiquen y no puede ser cualquier causa si no solo las tasadas por ley.
Ante una movilidad geográfica el trabajador tiene varias opciones, entre ellas la impugnación vía judicial.
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