¿Puedo reclamar devolución del IVA pagado en la compra de local a una entidad financiera?

Compré una oficina cuya construcción data de 1986 a una caja de ahorros el día 28 de octubre. A pesar de mis reticencias pues me dijeron que la edificación constaba como suelo y debían legalizarla me cobraron el IVA y eso que llevaba constando como local en REVAL desde ese año y usándose habitualmente hasta hace unos años que la cerraron. Lo cierto es que lo único nuevo es una puerta de entrada ya que sufrieron un robo y la repusieron. Es lo único nuevo desde aquella fecha. He leído exenciones según artículo 20.1.22 de Ley del IVA 37/1992 de 28 de diciembre y pienso que es razonable mi queja. No me quedó otra alternativa que aceptar viendo que aun así está bien comprada por precio.

Un saludo.

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Estimado cliente: Si no era primera venta podemos entender que no debería estar sujeto a IVA y por lo tanto podría reclamarlo. No obstante, para darle una respuesta concreta necesitaríamos la documentación relativa al caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado