¿Puedo reclamar luego de una caída hace más de un año?
AOH MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES
Mediador de Madrid especializado en Derecho de Sociedades
Muy Señor mio:
Entiendo lo duro que es haber sufrido un accidente, usted tiene una año para reclamar su indemnización, pero ha de contarlo desde que se produce la curación por lo que aún está a tiempo de reclamar su indemnización si se encuentra dentro de ese plazo.
Si lo desea podemos concertar una primera consulta sin coste alguno, para usted para analizar de forma personalizada su caso: Le ruego que puntúe o valore la respuesta pues esto nos ayuda a mejorar.
Reciba un cordial Saludo
Abogado Comunidad de Propietarios Las Palmas ERNESTO SANTANA CAZORLA
Abogado de San Bartolomé de Tirajana especializado en Derecho de la Vivienda
La prescripción del año para las reclamaciones de este tipo (responsabilidad extracontractual) por lesiones se computa desde la curación o estabilización de las secuelas, consúltelo con un abogado que le podrá indicar a la vista de los informes médicos si aún podría accionar y reclamar, saludos
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: Usted puede reclamar sus lesiones desde que se le reconocieron las lesiones como curadas y desde ese momento tiene el plazo de un año. Un saludo
Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
Efectivamente, en el plazo de 1 año. Si lo desea puede consultar con nosotros ya que en este tipo de reclamaciones vamos a comisión.
saludos