¿Puedo reclamar por accidentes laborales que tienen cierta antigüedad?

Hace 12 años me rompí el calcáreo en un accidente laboral de altura. No me indemnizaron por el accidente en sí, solo por las secuelas (falta de total movilidad en el tobillo). Hace dos años tuve un accidente que se consideró in itinere al caérseme la moto al cogerla al salir del trabajo. De este accidente las consecuencias fueron fisura de tibia y hundimiento de la meseta tibial. Me operaron y reconstruyeron la zona con tornillos y placas, unos 7 meses de baja. Al poco tiempo me molestaba y tuve que pasar nuevamente a quitar todo lo colocado otros 4 meses de baja.
Actualmente la rodilla no está en buenas condiciones, me han hecho una revisión pedida por mí y ahora me han restringido algunas faenas (cosa que no se realiza normalmente). Trabajo llevando un camión con cesta, soy el conductor y a la misma vez el encargado de subir a ella.
Tengo la pierna atrofiada por tanta lesión en el tobillo con unos grados de inmovilidad la rodilla con continuos dolores y falta de estabilidad, también supongo que algún grado de inmovilidad.
Actualmente ya me empiezan a surgir problemas psicológicos, ya que sigo igual que antes de los accidentes, es decir subiendo a las alturas, conduciendo un camión con la rodilla como la tengo, haciendo trabajos en cuclillas y agachado (cosa que tengo restringida).

Mi pregunta es; desde el primer accidente que no me indemnizaron correctamente (creo) y de este segundo que ni me han indemnizado, ¿tengo derecho a pedir una indemnización?

¿La puedo pedir siendo el accidente como ha sido? ¿Del primer accidente no tengo derecho a nada?
¿Puedo forzar a la empresa a que me coloquen en un lugar donde no tenga que padecer tanto?
Trabajo en una administración pública (Ayuntamiento de Cambrils) como trabajador laboral fijo desde hace ya 27 años.
Muchas gracias por su atención.
Un saludo.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Buenos días Antonio,
seria preciso reunirnos con usted a efectos de estudiar todas las secuelas y limitaciones que padece, y como afectan estas a su puesto de trabajo, ya que por lo que indica un alto porcentaje de las mismas lo hacen tributario de una incapacidad permanente parcial. De ser así la indemnización que le correspondería y tendría que abonar la Mutua seria de 24 mensualidades de su salario bruto, más otra que debería abonar el Ayuntamiento si vuestro convenio colectivo lo tiene reflejado.
Quedamos a su completa disposición para atenderle y estudiar su caso con mas detenimiento, sin ningún tipo de coste.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Sería necesario poder contar con más información. Habría que estudiar la prescripción de los hechos pero entendemos que sí puede tener capacidad de reclamar. Del mismo modo habría que estudiar la posibilidad de solicitar una incapacidad.

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