¿Qué debo hacer ante una denuncia de supuestos vicios ocultos?
ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
Quizás le interese leer mi artículo sobre vicios ocultos. En cualquier caso, el plazo para reclamar por vicios ocultos es de 6 meses y deben darse unos requisitos para ello:
1.- Debe existir un vicio oculto, esto es, que no esté a la vista y, que el comprador no hubiera podido advertirlo teniendo en cuenta su condición de perito o profesional en la cosa vendida.
2.- Los vicios o defectos deben ser graves, de tal forma que haga impropio para su uso la cosa o disminuya su utilidad tanto, que el comprador no lo habría comprado o habría pagado menos por ella.
3.- El vicio o defecto debe ser anterior a la conclusión del contrato de compraventa, aunque se manifieste con posterioridad a la misma.
Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con este despacho. Un saludo.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Puede tratar de llegar a un acuerdo (pagando la reparación de los vicios si realmente son anteriores a la venta y no hacen inhábil la embarcación) o puede esperar a que le demanden y entonces decidir sobre la postura que quiere defender, una vez que tenga claro que es lo que dice la otra parte y en qué documentación fundamenta lo que pide.
Estimado señor mío:
Lo único que puede usted hacer al respecto, por ahora, es esperar a la demanda. Una vez lo demanden -si es que lo hacen- será él quien deba demostrar los vicios ocultos que dice tener la embarcación.
Quedo a su entera disposición para cualquier asunto que necesite.