¿Qué debo hacer para independizarme con 16 años?
Buenas tardes
Se le concede este beneficio por las personas que ostentan sobre Vd. la patria potestad (sus padres). En estos casos, es necesario que Vd haya cumplido los 16 años de edad y que esté conforme con que le sea concedida la emancipación, cosa que creo es así. Se otorga mediante Escritura Pública ante Notario y debe ser inscrita en el Registro Civil. Una vez concedida, la emancipación no puede ser revocada. Se considera que el hijo está emancipado cuando siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente.
Por tanto si sus padres están conformes sería un simple acto ante Notario.
Espero haberle podido ayudar, en cualquier caso estamos a su entera disposición.
Un Saludo.
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
Sus padres o tutores deben otorgar, junto con usted, una escritura pública de emancipación, e inscribirla en el Registro civil donde usted nació.-