¿Qué debo hacer si no están establecidas las medidas cautelares?
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
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A ese respecto tendrá que estar a lo que se establezca en las medidas, que por lo que me dice aun no tienen resolución, aunque en este caso los juzgados suelen hacerlo con cierta rapidez; entretanto, no le conviene negar la visita del padre a los niños, lo que no significa que se pueda presentar cuando quiera, mientras no tenga las medidas permita al menos un fin de semana alterno (uno si y uno no). Si el padre golpea o maltrata a los niños ponga una denuncia. Cuando toque, deberá reclamar las pensiones impagadas y manifestar que el padre, antes de la adopción de medidas se negó a pagar ninguna cantidad por alimentos. En cualquier caso hable con su abogado y expóngale todo esto que pregunta, su abogado que conoce el caso concreto, sabrá darle mejores respuestas.
Saludos
No existen medidas, por lo tanto no hay obligación alguna de que le entregue a los menores, incluso aunque le amenace con llamar a la Policía, que no actuará jamás si no hay una sentencia.