¿Qué diferencia hay entre renuncia y cesión de herencia?
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Si usted renuncia, su parte acrece a sus hermanos por partes iguales.
Usted puede aceptar, y donar a su madre lo que quiera donarle, o vendérselo.
La diferencia es que para ceder (en la forma que sea), usted tiene que aceptar la herencia, y con sus bienes, hace lo que desee. Si renuncia, no significa que vaya a su madre, va a la herencia.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
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Buenos días; Primero deben aceptar la herencia, conforme al testamento, lo que ocurre es que si todos son conformes se puede hacer lo que usted propone, considerando siempre la cuestión fiscal, que es importante. Un saludo
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La renuncia pura y simple es a toda la herencia, pero pasaría a los descendientes. La cesión se traduce en donación.
Pueden acepar la herencia, vender y donar. O pueden existir excesos o defecto de adjudicación en la herencia.
Un saludo,
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Si cede es que la acepta y luego dona.
Si renunciamos pasa a resto de herederos.
Quedamos a su disposición para asesorarle mejor.
Un saludo.