¿Qué ocurrirá si no se presenta la declaración jurada que me da la pensión de alimentos?
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Si no se presenta la declaración jurada, no se concederá el reconocimiento del derecho a la Renta de Garantía por no cumplir tal requisito, es decir, se le denegará la solicitud.
Entiendo que usted ya ha declarado con ocasión de la renovación de la Renta de Garantía de Ingresos que su ex-pareja no paga sus obligaciones. Le preocupa si tendría usted problemas con la perdida de ese derecho a la RGI si reconoce el cobro de tales cantidades. El derecho que usted tiene reconocido seguirá perviviendo mientras siga cumpliendo con los requisitos en base a los que se le concedió en su día la ayuda.
Si usted cobra de golpe los meses debidos, podrá realizar tal declaración. Pero no olvide que usted tiene obligación de comunicar a Lanbide cualquier tipo de cambio que se produce en su patrimonio.
Por todo ello, la solución es conseguir que le pague las cantidades debidas de golpe y hacer la declaración jurada en ese sentido, pero en dos ejemplares, uno para el padre y uno para usted para presentarlo a Lanbide cada uno. En ningún caso le recomiendo que renuncie a las mensualidades no percibidas, ya que tal declaración supondría renuncia a todos los efectos.
Un saludo
Lobel Abogados