¿Qué pasa si el deudor paga su deuda y no quiere pagar los honorarios de abogado?
Abogado Divorcios Albacete Antonio López-Bleda Precioso
Abogado de Albacete especializado en Derecho de Familia
Entiendo que se refiere a los honorarios del abogado de la parte contraria. Si es así, el deudor no tiene por qué soportar los honorarios de la parte contraria salvo pacto, acuerdo o si es condenado en costas en un proceso judicial. Sí que está obligado a pagar al abogado cuyos servicios haya contratado, pero es por eso que si él no ha contratado los servicios de un profesional, no se le puede obligar legalmente a soportarlos.
Buenas, estamos haciendo referencia a dos cuestiones distintas, por un lado las deudas con el abogado y por otro las deudas del asunto principal.
Si la deuda ya se cancelo, fruto de un procedimiento que llevó a cabo el abogado, los honorarios que se han devengado por el abogado que atendió el asunto también deben de pagarse, saludos
Dependerá de si se ha iniciado procedimiento judicial o no; si se ha iniciado y el deudor se allana a la demanda -pretende la finalización del pleito pagando- se daría traslado al demandante, quien estaría de acuerdo con esa pretensión pero solicitando que pagase las costas producidas hasta ese momento. El juez decidiría.
Saludos.
Abogado Divorcios Nulidades Albacete - Antonio Ruiz López
Abogado de Albacete especializado en Derecho de Familia
Si el deudor tiene que pagar la condena en costas y no quiere procedería la correspondiente Tasación de Costas; y si es el propio cliente que no abona los Honorarios a su Abogado, procede la tramitación del procedimiento de Jura de Cuentas.