¿Qué puede pasar en un juicio penal por conducción temeraria?

Por un delito de conducción temeraria ¿te pueden poner una multa, sacar puntos o el carnet por lo penal? Y en este caso si se revocaría una condicional o para que sea una multa o te saquen puntos o el carnet ¿te lo tiene que pasar a infracción administrativa y con infracción administrativa no se te revoca ninguna condicional? Si dices que diste la rotonda al revés sin querer ¿te estás declarando inocente?¿O al reconocer los hechos aunque fuera sin querer te estas declarando culpable y te van a declarar culpable y ya no puedes recurrir? Para que te declaren culpable ¿tienen que demostrar que no fue sin querer? ¿Esto como lo hacen? Si no pagas una multa condenado por lo penal ¿vas a la cárcel?

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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas noches,

Independientemente de la pena que le pongan, multa, retirada de carnet, privación de libertad, trabajos comunitarios etc. Si le condena por un delito ello puede suponer la pérdida del tercer grado.
En cuanto al resto, como le decía para que sea delito tiene que haber dolo (voluntariedad) si no lo hay estaríamos ante una infracción administrativa.
Por lo tanto, reconocer que iba en dirección contraria no tiene porque significar que le condenen en vía penal.
De todos modos hay que justificar la causa que le llevó a ese error. Y dejar claro la ausencia de dolo.
Es una cuestión bastante compleja y ya es la tercera vez que le respondo. Si necesita más aclaraciones llame por teléfono y le atenderé encantado.
Un saludo!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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