¿Que régimen económico tiene mi matrimonio?
Indemnización por accidente de tráfico
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
El régimen económico debe recogerse en las capitulaciones matrimoniales y éstas deben inscribirse en el Registro Civil. El régimen establecido en dichas capitulaciones es el que debe regir por lo que no debería aparecer en la adquisición un régimen diferente al inscrito.
Ponemos a su disposición nuestras oficinas en Madrid y En Barcelona para cualquier ayuda que pueda necesitar para su subsanación....
Estimado señor
Su régimen económico matrimonial es el de gananciales, ya que ustedes cuando contrajeron matrimonio lo hicieron en territorio de derecho común, y establecieron su domicilio en Madrid .Si desea cualquier aclaración adicional, póngase en contacto conmigo.
Reciba un cordial saludo.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Su régimen es el de gananciales que es el que existía cuando contrajeron matrimonio y el que perdura durante el mismo a no ser que lo modifiquen mediante capitulaciones matrimoniales. Le aconsejo que corrija dicha escritura.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
El régimen económico es siempre el del momento del matrimonio sino se cambia después por escritura publica. Por tanto debería ser el mismo de las otras escrituras. Mi consejo es arreglarlo.