¿Qué tengo que consultar para saber cómo y durante cuánto tiempo puedo construir un refugio para indigentes en un espacio público?

A nivel proyectual, ¿cuáles son (o cómo encontrar) las leyes de construcción de elementos efímeros/nómadas en espacios públicos? ¿Hay diferencia cuando estos espacios públicos están en desuso?. Y ¿cuáles son las condiciones legales para un indigente poder dormir en la calle?

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Los espacio públicos son públicos lo que significa que no son de uso privado y lo que Vd. pide es que se adjudique un uso privado. En mi opinión no podría hacerlo, salvo que el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma disponga de algún local para esos usos y que se lo ceda. Tendría que acudir a las administraciones correspondientes y solicitar que se le ceda el uso.

Saludos

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ABOGADO PENALISTA MADRID Dueñas López Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Hola, buenas tardes.

Para ello precisa de una serie de trámites, algunos más complicados que otros. Principalmente obtener las licencias pertinentes. También es interesando conocer bien las subvenciones por dicha actividad. Constituir la Asociación. Estatutos, etc.

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Buenas tardes, usted debe informar al Ayuntamiento de lo que desea, puesto que no es legal, en principio, y quizás el Ayuntamiento le de una solución. Un saludo.

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Advocat Banyoles - Q & B Advocats

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Lo que pretende no es posible. Deberia hablar con el Ayuntamiento pues es el competente .

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