Quebrantamiento de condena de localización domiciliaria. ¿qué me puede ocurrir? ¿ podría ingresar en prisión?
ABOGADO LABORAL MURCIA - GADE Abogados
Abogado de Murcia especializado en Derecho del Trabajo
Buenos Días, deberá personarse en el juzgado con pruebas suficientes que demuestren que el día en cuestión usted se encontraba en su domicilio como primer motivo de alegación para su defensa. El delito de quebrantamiento de condena conlleva aparejada sanciones como PENA DE PRISIÓN DE SEIS MESES A UN AÑO si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de 12 a 24 meses en los demás casos. Póngase en contacto con nuestro despacho para que le podamos ofrecer un asesoramiento mas personalizado atendiendo a las circunstancias de su caso.
Hola, acuda al Juzgado y alegue lo que expone, intentando justificar de algún medio que ese día estaba en el domicilio y fue un error de la policía, ya que en caso de que se demuestre lo contrario será un quebrantamiento de condena, que se traducirá seguramente en 6 meses de prisión.
Un saludo y gracias
Estimados Cliente
Debemos ver su expediente a detalle,las condiciones impuestas y los medios de prueba que determinen efectivamente el error por parte de los policías.
Si lo desea, puede agendar una cita con nosotros
Un cordial saludo
ABOGADO SUCESIONES MURCIA - JOSEFA MARÍN PLAZA
Abogado de Murcia especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
Exponga en el Juzgado que le impuso la condena lo que aquí expone, siendo suficiente para que no haya quebrantado condena, pues el error procede de la policía no de usted.