Queria saber cuánto corresponde la legitima

Mi padre falleció y en el testamento dio su parte a mi madre. Es heredera universal tiene el 50% suyo y el 50% que le dejó mi padre somos tres hijos y nos corresponde la legitima el piso se a vendido en 65.000 euros y quisiera saber cuanto nos corresponde a cada hijo. Gracias.

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Buenos días:
La legítima es el derecho de determinadas personas el derecho a obtener en la sucesión del causante un valor patrimonial. Son legitimarios todos los hijos del causante por partes iguales. La cuantía de la legítima es la cuarta parte de la cantidad base que resulta de aplicar las siguientes reglas:
a) Se parte del valor que los bienes de la herencia tienen en el momento de la muerte del causante, con deducción de las deudas y los gastos de la última enfermedad y del entierro o la incineración.
b) Al valor líquido que resulta de aplicar la regla de la letra a, debe añadirse el de los bienes dados o enajenados por otro título gratuito por el causante en los diez años precedentes a su muerte, excluidas las liberalidades de uso. El valor de los bienes que han sido objeto de donaciones imputables a la legítima debe computarse, en todo caso, con independencia de la fecha de la donación.
c) El valor de los bienes objeto de las donaciones o de otros actos dispositivos computables es el que tenían en el momento de morir el causante, con la deducción de los gastos útiles sobre los bienes dados costeados por el donatario y del importe de los gastos extraordinarios de conservación o reparación, no causados por su culpa, que él haya sufragado. En cambio, debe añadirse al valor de estos bienes la estimación de los deterioros originados por culpa del donatario que puedan haber disminuido su valor.
d) Si el donatario ha enajenado los bienes dados o si los bienes se han perdido por culpa del donatario, se añade, al valor líquido que resulta de aplicar la regla de la letra a, el valor que tienen o habrían tenido en el momento de la muerte del causante.
Cordialmente,

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Sería preciso leer el testamento para saber si su madre es usufructuaria universal de la herencia, o si se le ha legado el tercio de libre disposición. No obstante, con carácter general el importe de la legitima sería la tercera parte de la herencia a la cual habrá que añadir el tercio de mejora en el caso de que no se haya mejorado a ningún hijo.
Por ello, le aconsejo que consulte con un abogado con el fin de poder concretar los términos del testamento y así conocer detalladamente el importe que les corresponde a cada hijo en la herencia.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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La legítima es el 25 por ciento de la mitad del piso de su fallecido padre. Es decir, si la mitad valía 30000 según escritura entonces el 25 por ciento son 7500 a repartir entre tres hermanos. Para el valor deben atenerse a lo que se puso en la adjudicación de herencia.

Ignacio Tomás
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El importe de la legitima, es diferente si a la herencia se aplica la Ley de Catalunya o la Ley estatal. Habría que ver el testamento para saber con más detalle lo que le corresponde en concepto de legitima.

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