Quiero instalar un toldo corredera tipo pérgola en la terraza de mi bajo que da a la fachada. Lo quiero hacer según la estética acordada en los estatutos de la comunidad.

El caso es que mi vecino de arriba dice que no quiere que ponga algo que pueda ser pisado por un ladrón y accedan a su vivienda. Esto lo he tenido en cuenta. Ahora lo voy a presentar a la comunidad. Mi pregunta es que si mi toldo debe ser aprobado por la comunidad de forma unánime o bien por mayoría simple. Ya que objetivamente con el modelo que planteo no hay problema para la seguridad del vecino de arriba y cumple con la estética.

Respuestas de otros profesionales:
Plus
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Contestado

Debe incluirse expresamente el tema en el orden del dia no vale que se plantee en ruegos y preguntas.

Entiendo que no hay precedente de lo que plantea y por tanto usted va a ser el primero que acometa esta modificación.

Olvide la unanimidad

La instalación precisa la aprobación de 3/5 partes del total de los vecinos que a su vez representen 3/5 partes del total de las cuotas de participación para ser aprobada porque afecta a la estética del edificio.

El tamaño,color y modelo ha de debatirse también y aprobarse aparte por mayoría simple

Si ya existe alguno instalado no hace falta junta basta con comunicarlo

Y tenga en cuenta la normativa municipal que le impondra obtener preceptiva licencia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado