Quisiera saber si puedo elegir a mis clientes en función de su rango de edad. ¿Es decir, ¿yo puedo vender casas a unos clientes que estén en un rango de edad entre los 55 y 70 años?
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Abogado Civil Vélez-Málaga MATEOS ABOGADOS
Abogado de Vélez-Málaga especializado en Derecho Civil
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Como ya le ha comentado el compañero de Bilbao no hay ley que permita o prohibida el vender viviendas a un determinado tipo de personas, pero me supongo que su idea es restringir de alguna forma el acceso a esas viviendas a chavales de 40 años, ya sea bien, por comprar la promotora o por compra en las ulteriores trasmisiones y ello no puede ser nada más que con prohibiciones o limitaciones en las facultades de disponer.
Un saludo y quedó su disposición.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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No hay ninguna Ley que establezca que se tiene que vender un bien a unas determinadas personas o que, por el contrario, prohiban venderlas a determinado tipo de cliente.
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