Recuperación de péstamo mediante contrato.
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
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A reserva de ver el contenido del documento por el que se ha hecho el préstamo. Una vez llegue la fecha del vencimiento, como comenta mi compañera, lo mejor es presentar un procedimiento Monitorio en el Juzgado. Para ello, y de ser de su interés, nos ponemos a su plena disposición. La idea del procedimiento Monitorio es que el Juzgado dicte una resolución requiriendo de pago al deudor y si no paga dicta otra resolución que pasa a ser ejecutiva, es decir, que con ella ya puede solicitar la ejecución o pago y embargar bienes del deudor.
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Buenos días;
Lo mejor que puedan hacer es registra el documento y liquidar el impuesto en Hacienda.
Posteriormente, puede reclamarle el pago de la deuda por vía judicial mediante la interposición de una demanda de monitorio.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Coincido en la respuesta con el compañero. Debe abonar el correspondiente ITP y AJD y es preferible que el contrato privado que seguramente será el que tengan Vds. se eleve a Escritura Pública. Tiene un coste pero es lo más seguro.
ABOGADO DERECHO INMOBILIARIO A CORUÑA MT ABOGADOS
Abogado de Santiago de Compostela especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Estimado Sr.:
a la vista de la falta de pago en el plazo pactado no le queda más remedio que, o formalizar un nuevo acuerdo de pago o reclamarle el pago judicialmente.
Quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración.
Un saludo
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Interponga Demanda de Monitorio cuando la deuda sea exigible. Es decir, si llega el plazo y no cumple.