Régimen de visita tras separación
Juan Trujillo González
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
Si reconoció a su hija en el Registro Civil, entonces tiene los mismos derechos sobre la niña que su madre. No indica si han tramitado judicialmente los temas relativos a la menor (guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, etc.). En caso de tener una sentencia regulando estos extremos, deberá solicitar que se ejecute y se cumpla lo resuelto por el Juzgado.
En caso de no haber tramitado procedimiento judicial, ambos progenitores tienen los mismos derechos. Para dar fin a esta situación, lo aconsejable es presentar un procedimiento en el Juzgado para regular todos estos extremos y que pueda ejercer como padre. Para este procedimiento necesita Abogado y Procurador. Suerte.
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
Deduzco que no han regulado la situación respecto a la menor mediante un convenio regulador, ni han interpuesto demanda al respecto. Debe usted acudir a un abogado especialista y comenzar a dar los pasos necesarios para , o bien que ella se avenga afirmar un acuerdo que regule las relaciones de ambos con la menor. Tiene usted derecho a una custodia compartida sobre su hija, o que continúe con la custodia materna pero a un derecho amplio de visitas y periodos de estancia vacacionales, así como una patria potestad conjunta. Estamos a su disposición.
Abogado Convenio Regulador Las Palmas Sandra Ochoa
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Procesal Civil
Buenos días,
Entiendo que no hubo resolución judicial después de la separación por lo que para que sus derechos y deberes se consoliden y pueda ejercer como padre, así como establecer quién es el titular de la guarda y custodia, régimen de visitas y alimentos, es imprescindible que presente una demanda judicial.
Necesitaría contratar un abogado. No dude en contactar conmigo, estamos a su disposición.
Un saludo