Registro de escritura publica de reconocimiento de deuda

Buenas tardes,
Al comprar nuestra vivienda habitual, puse 40.000€ mas que mi marido, pero en las escrituras de la compra vamos al 50%. Por ello, hicimos un escrito ante notario de reconocimiento de deuda, en el que él me debe 20.000€ a 10 años, a devolver en un solo plazo y sin intereses.
¿Esta escritura pública la tengo que presentar en el Registro de la Propiedad o en la Agencia Tributaria?

Gracias y un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO SEPARACION VALENCIA – Enriqueta Flores Martínez
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buenas tardes,
a la vista de lo que indica en su pregunta, el reconocimiento de deuda no es una escritura de deba registrarse. Se trata de un documento que, caso de incumplimiento de las clausulas por parte de su exmarido, podrá hacerlo valer ante los tribunales.
Espero haberla ayudado.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Salvador Valero Salón

Salvador Valero Salón

Abogado de Valencia especializado en Derecho Urbanístico

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Buenas tardes. Se trata de una deuda particular, en principio no debes presentar la escritura en ningún sitio. Solamente en caso de impago puedes demandar a tu marido en los Juzgado del lugar de residencia.

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