Renunciar a la pensión de alimentos

Qué documentación debe aportar y a quién se debe dirigir mi hijo mayor de edad, para renunciar a la pensión de alimentos de su padre?

Agradecería respondiese, sabemos que es en el juzgado pero no a quién dirigirnos ni qué aportar. Gracias

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Si su hijo, mayor de edad, desea renunciar a la pensión de alimentos, supongo que será porque habrá alcanzado la independencia económica. Al respecto considero que habría dos formas de hacerlo: una, personarse en el juzgado donde se aprobó el convenio regulador y hacer una comparecencia ante el Secretario Judicial renunciando a la pensión, y dos, dirigiendo un escrito al juzgado, acompañando justificante de ingresos económicos, renunciando a la pensión de alimentos, que incluso podría redactarlo el abogado que les ha llevado la separación o el divorcio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

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Buenas tardes;
Sería necesario dirigirse al Juzgado que tramitó el divorcio y el convenio regulador en el que se fija la pensión de alimentos.
Entendemos que el motivo de la renuncia es haber alcanzado la independencia económica así que sería suficiente con acreditar este extremo.
Para más información no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Estaremos encantados de ayudarle.
Un saludo.

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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Buenas tardes.

Puede comparecer su hijo en el Juzgado con los datos del procedimiento en el que se acordó el pago de la pensión de alimentos y manifestar que renuncia a la pensión por la razón que sea. Lo normal es que sea el padre quien debe solicitar la extinción del pago de la pensión mediante una demanda de modificación de medidas. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración. Un saludo

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