Retraso pago pensión de 25 a 26 dias
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
Abogado de Marbella especializado en Derecho de Familia
Buenos días. Le aconsejamos encarecidamente denunciar. La violencia económica que supone tenerle a usted indefensa ante la voluntad de su ex para ingresar su pensión es una continuación de la física o sicológica que ha tenido que soportar mientras convivían. El incumplimiento de dos meses consecutivos o de cuatro meses alternos le resultará suficiente para que reciban su denuncia en la policía. Diferente ya será el talante del Juez/a que lleve la fase de investigación ya que en muchísimos casos no entienden como grave este comportamiento, aún estando recogido en nuestro cuerpo legal. Las fechas en las que le abonan a su ex nada justifican un incumplimiento reiterado hacia usted y su hijo, ya que con una simple previsión de gastos cumpliría su obligación legal y moral hacia ustedes . Quedando a su disposición
Abogado accidentes tráfico Córdoba - Fernando Alcántara Abogados
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes: La pensión de alimentos acordada en el procedimiento de medidas cautelares, tiene una vigencia de 30 días. Sería conveniente que iniciara el procedimiento judicial para fijarla de manera definitiva. Tanto la medida cautelar como la sentencia que establezca la pensión de alimentos de manera definitiva pueden ejecutarse en caso de retraso o incumplimiento. Para ello, deberá interponer una demanda ejecutiva solicitando el embargo de la nómina, sin que sea necesario interponer una denuncia. Saludos cordiales
Hola, mientras vaya pagando pienso que no es motivo de denuncia, aunque está en su opinión y valoración, yo no lo haría; máxime cundo además es provisional.
Un saludo y gracias
Gestiones Gonzalo
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