Robo con fuerza en casa habitada
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De acuerdo con el artículo 240 1º en relación con el 241 1º ambos del Código Penal la pena que le puede corresponder es de dos a cinco años de prisión. La suspensión de la condena no se concede si la pena supera los dos años.
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Eugenio Sanz - Abogado en Madrid
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
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Estoy de acuerdo con lo que le comenta el compañero. Si desea que estudiemos su caso no dude en ponerse en contacto con nosotros. Un cordial saludo.
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