Sanción administrativa por "botellón"
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Buenas tardes,
Si considera que la multa no es justificada y no desea pagar la multa en periodo voluntario (con descuento del 50%) puede usted recurrirla interponiendo un recurso administrativo; dispone para ello de 15 días desde la recogida de la notificación de multa.
Durante este proceso de recurso se establece un periodo de audiencia de los sancionados, pudiendo aportar las pruebas oportunas como alegación.
Si el ayuntamiento desestima el recurso, podría ud. recurrir ante el juzgado mediante un recurso de reposición previo al proceso contencioso administrativo; aunque es un proceso largo y seguramente más oneroso que el importe de la multa que acaba de recibir (si usted es estudiante, insolvente o con pocos recursos puede solicitar asistencia Jurídica Gratuita).
Hay jurisprudencia en su favor dado que aunque los agentes se rigen bajo el Principio de Veracidad de la Adminsitración, sí puede ud alegar que no hubo pruebas (pej de alcoholemia)de que el sancionado estuviese consumiendo alcohol en el lugar de los hechos.
Deseamos haber atendido su consulta y quedamos a su disposición para atenderle en sus asuntos legales
Un saludo
AvinAbogados
PD: si considera que le hemos ayudado en su pregunta, le agradeceremos que pueda valorar nuestra respuesta.
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Estimado Cliente:
Lo correcto es verificar toda la documentación recibida respecto de la imposición de multa que le pretender acreditar con el fin de presentar escrito ante la administración oponiéndose a dicha sanción.
Si no tienes recursos puede solicitar asistencia jurídica gratuita para resolver su situación.
Un cordial saludo
www.labeabogados.com
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: Si puede justificar que el autor de la sanción es otro de sus amigos, puede que consiga recurriendo la multa, que le den la razon. UN saludo