¿Se puede quitar la custodia compartida?
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
Ciertamente, si por razones laborales el padre ahora no puede cumplir con el régimen de convivencia con igualdad de tiempo ( custodia compartida), usted podría instar una modificación de medidas individual por incompatibilidad de horario, y que de facto, usted las tiene en el tiempo que le toca a él.
El uso de la vivienda familiar se le suele conceder a los menores y/o parte más desfavorecida, por lo que según el caso, cabría modificarse o limitarse su uso en el tiempo.
Si le conceden la custodia individual, el padre tendría que abonar una pensión de alimentos a favor de los menores en función de los ingresos de ambas partes y las necesidades de los menores.
Ahora bien, dado que la custodia compartida es la regla, usted no solo deberá probar que ha habido un cambio, sino que pedir la individual es lo mejor para los menores, porque piense que el padre podría argumentar que podría haber recurrido a un familiar para que duerma en su casa por las noches, a fin de que a las 5 de la madrugada no estén solos y para ayudarle en la función auxiliar de llevarlas al colegio, pero que toda la tarde o el resto del tiempo puede compatibilizarlo.
Un cordial saludo,
Buenas tardes, en respuesta a su pregunta entiendo: por medio de un común acuerdo pueden modificar el convenio anterior y adecuarlo a la nueva realidad con una demanda de modificación de medidas.
Si no fuese un común acuerdo, igualmente podrá solicitar una modificación de medidas y solicitar una custodia materna pero la prueba a practicar ya seria mas compleja y sin garantía puesto que para variar la custodia influyen muchos factores. De todas formas en ambos supuestos el medio para solicitarlo es mediante demanda de modificación de medidas para lo que es preceptivo la intervención de abogado y procurador.
Espero que le haya sido de ayuda.
Un saludo
ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ALICANTE – Sentido Comun Abogados y Mediadores
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Extranjería
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Efectivamente no solo puedes, sino que deberías, iniciar un procedimiento de modificación de medidas, dada la variación de las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de establecerse las medidas derivadas del divorcio. Podéis hacerlo de mutuo acuerdo, mediante la firma de un nuevo convenio o, en caso de que haya acuerdo, iniciar tu la demanda con las pretensiones que solicitas al juzgado y que sea el juez quien decida.